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El Modelo 210 ¿Quién está obligado a presentarlo?

El Modelo 210 grava las rentas generadas en España por no residentes,

El Modelo 210 ¿Quién está obligado a presentarlo?

El modelo 210 es una declaración tributaria utilizada para declarar las rentas obtenidas en territorio español por personas físicas o jurídicas no residentes.

Es decir, se aplica cuando un contribuyente extranjero genera ingresos en España sin tener residencia fiscal en el país.

Este modelo tributario permite a la Agencia Tributaria controlar y gravar las rentas generadas en España por no residentes, garantizando que cumplan con sus obligaciones fiscales, incluso sin estar domiciliados en el país.

Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del IRNR (Impuesto sobre la Renta de no Residentes), así como por los convenios de doble imposición suscritos entre España y otros países.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 210?

El Modelo 210 debe presentarlo cualquier personas física y/o jurídica no residente que obtenga ingresos en España, como:

• Alquileres de inmuebles
• Ganancias por venta de propiedades
• Rendimientos financieros
• Prestación de servicios desde el extranjero con beneficio en España

Representantes fiscales en España

En algunos casos, el contribuyente debe designar un representante fiscal en territorio español, especialmente si no reside en la UE.

Casos exentos de presentación

Están exentas algunas rentas exentas por convenios, o cuando ya han sido declaradas mediante otros modelos específicos (casos muy puntuales).

¿Cuándo se presenta el modelo 210?

Plazos según tipo de renta:
• Rentas derivadas de alquiler de inmuebles: Trimestral (primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero).
• Ganancias patrimoniales: Dentro de los 4 meses siguientes a la transmisión.
• Rentas imputadas (uso propio de un inmueble): hasta el 31 de diciembre del año siguiente.

¿Qué rentas se declaran en el modelo 210?

- Alquiler de inmuebles urbanos en España:

Se declara el ingreso íntegro, aunque en algunos casos se permiten deducciones si el contribuyente reside en la UE/EEE.

- Venta de propiedades (ganancia patrimonial):

Se debe declarar la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición (con gastos deducibles).

- Otros rendimientos sujetos al IRNR:

• Intereses y dividendos
• Rendimientos profesionales
• Actividades económicas con fuente en España

¿Qué documentación necesitas para presentar el modelo 210?

• Identificación fiscal (NIF o NIE para no residentes)
• Datos del inmueble o activo generado en España
• Justificantes de ingresos y gastos deducibles
• Certificado de residencia fiscal en país de origen

Consecuencias fiscales por no presentar el Modelo 210

Se considera infracción tributaria, con sanciones económicas, recargos e intereses.

Tipos impositivos aplicables

• 24% para no residentes fuera de la UE
• 19% para residentes en la UE o EEE con intercambio de información

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